Algunas observaciones al Decreto 74/2023, de 11 de mayo, por el que se regula la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo del personal empleado público

Autores/as

  • Fernando Ríos Rull Letrado del Consejo Consultivo. Profesor Asociado de la Universidad de La Laguna

DOI:

https://doi.org/10.36151/RCAP.2.4

Palabras clave:

Teletrabajo, Canarias, derecho de las personas empleadas

Resumen

El teletrabajo, como modalidad de prestación de servicio desde un lugar distinto al de la oficina, se ha implantado definitivamente para el personal empleado público de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias pese a ciertas reticencias del Gobierno y de determinados agentes sociales. En este trabajo se realizan algunas consideraciones jurídicas sobre determinadas cuestiones como, entre otras, la negación de que se trate de un derecho del personal, o el olvido de las entidades locales canarias, o quién corre a cargo de la conexión a internet o el escalonamiento en su implantación, que deben ser corregidas para evitar obstaculizar su plena implantación.

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Publicado

09-01-2024

Cómo citar

Ríos Rull, F. (2024). Algunas observaciones al Decreto 74/2023, de 11 de mayo, por el que se regula la prestación de servicios en la modalidad de teletrabajo del personal empleado público. Revista Canaria De Administración Pública, (2), 99–117. https://doi.org/10.36151/RCAP.2.4

Número

Sección

Procedimiento administrativo, contratos, convenios y subvenciones