Las administraciones públicas como instrumento integrador de la diversidad
DOI:
https://doi.org/10.36151/RCAP.2.2Resumen
El concepto de diversidad funcional ha sufrido una profunda evolución hasta nuestros días cuando se ha concluido que sus causas son sociales por lo que corresponde a la sociedad perseguir su normalización. La aprobación por las Naciones Unidad de la Convención Internacional de las Personas con Discapacidad el 13 de diciembre 2006, impuso a las Administraciones de los Estados firmantes la obligación de contratar a personas de este colectivo. En España, su cumplimiento se lleva a cabo bien a través de la participación en los procesos selectivos convocados a resultas de la ejecución de las ofertas de empleo público aprobadas —que tienen legalmente prevista la reserva de una cuota para las personas con discapacidad— o bien a través de la herramienta de la contratación pública que desde la aprobación de la Directiva 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014,sobre contratación pública y por la que se deroga la Directiva 2004/18/CE y su transposición al ordenamiento jurídico español a través de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP), ha permitido grandes avances en la materia.
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